viernes, 18 de junio de 2010

CONCEPTOS BASICOS DE SALUD OCUPACIONAL

1.) SEGÚN LA INTRODUCCION LA PRINCIPAL PREOCUPACION QUE TIENE UNA EMPRESA ES EL CONTROLAR LOS RIESGOS. ¿CUANDO SE HABLA DE ESTO A QUE FACTORES SE REFIERE?

R/: se refiere principalmente a los factores de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que interfieren en el desarrollo normal de una actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y además amenazando su solidez y permanencia en el mercado; que conlleva graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social.

2.) ¿DE QUE SE ENCARGA EL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL?

R/: es el encargado de preservar, mantener y mejorar la salud tanto individual como colectiva de los trabajadores en sus correspondientes ocupaciones y que además deben ser desarrolladas en forma multidisciplinaria.

3.) EXPLIQUE CON SUS PALABRAS LAS DEFINICIONES DE LOS ASPECTOS GENERALES.

R/:
· SALUD: es el estado de bienestar físico, mental y social de una persona. No solo es ausencia de enfermedad.
· TRABAJO: es la actividad realizada por el hombre a través de la transformación de la naturaleza con el fin de mejorar su propia calidad de vida.
· AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de condiciones que rodean a una determinada persona y que directa o indirectamente influyen tanto en su estado de salud como en su vida laboral.
· RIESGO: Es la probabilidad de ocurrencia de un evento, como por ejemplo el riesgo de una caída o de un ahogamiento.
· FACTOR DE RIESGO: es el elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones, como por ejemplo un sobreesfuerzo físico, ruido o monotonía.
· INCIDENTE: es el acontecimiento no deseado, que tiene diferentes circunstancias, podría haber resultado en lesiones a las personas o a las instalaciones; llamado también un casi incidente, por ejemplo un tropiezo o un resbalón.
· INCIDENTE DE TRABAJO: es el suceso repentino que ocurre a causa o con ocasión del trabajo y que produce al trabajador daños a la salud, ejemplo una fractura, herida o quemadura.

4.) SEGÚN LAS DEFINICIONES DADAS EN EL DOCUMENTO. ¿Por qué CREE USTED QUE ESTAS DEFINICIONES TIENE RELACION CON LA SALUD OCUPACIONAL?

R/: El factor de riesgo, accidente incidente de trabajo se relacionan con la salud ocupacional porque ella se encarga de proteger al trabajador por medio de sus leyes, evitando estos acontecimientos.

5.) ¿Cuándo NO SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO?

R/: no se considera accidente de trabajo cuando haya sido sufrido durante permisos remunerados o no, así sean sindicales, o también en actividades deportivas, recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o en representación del empleador.

6.) LA LEY 100 DE 1993 ESTABLECIO LA ESTRUCTURA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL PAIS, LA CUAL CONSTA DE TRES COMPONENTES LOS CUALES TIENE SU PROPIA LEGISLACION, ENTES EJECUTORES Y FISCALES PARA SU DESARROLLO. SEGÚN LA DESCRIPCION QUE DA EL DOCUMENTO HAGA UN CUADRO EN EL CUAL SU CRITERIO DIGA A QUE COMPONENTE PERTENECE CADA LEY, RESOLUCION O DECRETO.

R/:
Ley - Año
Contenido
Ley 9a. De 1979
Es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones
La Resolución 2400 de 1979 de MinTra*
Conocida como el "Estatuto General de Seguridad", trata de disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo
Decreto 614 de 1984 de MinTra Y MINSALUD
Crea las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país
La Resolución 2013 de 1986 de MinTra
Establece la creación y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las empresas
La Resolución 1016 de 1989
de MinTra
Establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas
Ley 100 de 1993 de MinTra
Se crea el régimen de seguridad social integral
Decreto 1281 de 1994 de MinTra
Reglamenta las actividades de alto riesgo
Decreto 1295 de 1994 de MinTra y MINHACIENDA
· Dicta normas para la autorización de las Sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir los riesgos de enfermedad profesional y accidente de trabajo
· Determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
· Establece la afiliación de los funcionarios a una entidad Aseguradora en Riesgos Profesionales (A.R.P)
Decreto 1346 de 1994 de MinTra
Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez
Decreto 1542 de 1994 de MinTra
Reglamenta la integración y funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional
Decreto 1771 de 1994 de MinTra
Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional
Decreto 1772 de 1994 de MinTra
Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales
Decreto 1831 de 1994 de MinTra
Expide la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales
Decreto 1832 de 1994 de MinTra
Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales

7.) ¿CUAL ES LA FINALIDAD DE QUE EXISTA EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES?

R/: la finalidad es existir como un conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de proteger enfermedades profesionales y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión.

8.) ¿CUALES SON LOS OBJETIVOS DE LA LEGISLACION DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES?
R/: sus objetivos son:
· Establecer actividades de promoción y prevención que son tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de todos los trabajadores.
· Fijar prestaciones de atención en salud y las prestaciones económicas que se derivan de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
· Vigilar el cumplimiento de una de las normas de la legislación en salud ocupacional y además el sistema de administración en salud ocupacional a través de la ARP.

9.) SEGÚN EL DECRETO 1295 Y LA RESOLUCION 00616 DE 1989 A QUE SE LES OBLIGA A LOS TRABAJADORES.

R/: los trabajadores tienen la obligación de programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional en la empresa y su financiación, también los obliga a tener un programa de salud ocupacional especifico y particular de conformidad con los riesgos potenciales y reales según el número de trabajadores, y a destinar los recursos humanos financieros y físicos.

10.) EL GOBIERNO NACIONAL DETERMINO LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS ROFESIONALES, ¿COMO ESTA CONFORMADO O INTEGRADO Y CUAL ES LA FUNCION QUE CUMPLE CADA UNO?

R/: ESTA INTEGRADO:
a) Es el organismo de dirección de estrado en materia de riesgos profesionales tiene como función la determinación de regímenes específicos de vigencia epidemiológica, el desarrollo de actividades de prevención y control de la prestación del servicio de la salud.
b) El ministerio de trabajo y seguridad social y el ministerio de salud. Tiene entidades como ARP, trabajadoras, empleadoras y asociaciones científicas de la salud ocupacional.
c) El consejo nacional de riesgos profesionales. Este cultivo al sistema conformado por: miembros de salud ocupacional del ministerio y las ARP.
d) El comité nacional de salud ocupacional. Tiene por objeto desarrollar estudios, campañas y actividades de promoción y divulgación para la prevención de riesgos profesionales.
e) Fondo de riesgos profesionales. Sus integrantes son designados por el ministerio de protección social. Se trata de determinar el origen y/o grado de la invalidez, incapacidad permanente o parcial, enfermedad profesional, el accidente o muerte de los afiliados al sistema.
f) Las juntas de calificación de invalidez, tiene como función controlar, autorizar, vigilar y garantizar el libre ejercicio de las entidades ARP.
g) La superintendencia bancaria.
h) Las entidades administradoras de riesgos profesionales de ARP.

SUS FUNCIONES SON:
· Afiliar a los trabajadores.
· Administrar las cotizaciones hechas al sistema.
· Garantizar el reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas por parte de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
· Realizar actividades de prevención y promoción de los riesgos profesionales en las empresas afiliadas.

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