TERMINOS INCONTERMS:
Los inconterms son unas reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales fijados por la cámara de comercio internacional y facilita las oportunidades de comercio internacional y delimitan las obligaciones, esto hace que el riesgo disminuya.
Estos son los que determinan:
· El alcance del precio.
· En que momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador.
· El lugar de entrega de la mercadería.
· Quien contrata y paga el transporte.
· Quien contrata y paga el seguro
· Que documentos tramita cada parte y su costo.
3.)
EXW:
Este se basa en la obligación del vendedor y la disposición del comprador para verificar si la empresa esta actuando de forma responsable en el cual el comprador se sienta satisfecho.
FCA:
En esta ocasión el vendedor debe colocar la mercancía en el lugar fijado, si el comprador no ha elegido el lugar el vendedor puede dar opciones para entregar la mercancía.
FOB:
Este término se puede utilizar solamente para el transporte por mar o por las vías acuáticas, en este caso el vendedor cubre los gastos de toda la embarcación.
FAS:
El comprador debe despachar la mercancía en aduana.
CFR:
Aquie le vendedor es el que debe despachar la mercadería en aduana pero solamente se puede presentar este caso en transporte por mar.
CIF:
Aquí el vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente, el solamente esta obligado a conseguir el seguro con cobertura minima.
CPT:
En este caso el vendedor debe pagar el flete del transporte y si existe el riesgo de perdida o daño, el vendedor debe cubrir las consecuencias.
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